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Las 10 practicas indebidas que debes saber en la emisión de facturas.

  • RR Consultoría
  • 21 feb 2020
  • 1 Min. de lectura

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, con la finalidad de proteger el derecho que tienen los contribuyentes de deducir y acreditar impuestos, se dan a conocer malas prácticas detectadas en la emisión de facturas.


- Únicamente da tu RFC. No es necesario que des datos personales como tu nombre o tu domicilio.

- No estás obligado a dar tu correo electrónico para que te la envíen, puedes revisarla en nuestro portal al momento de la emisión.

- El precio no debe incrementar si pides factura. El IVA siempre debe estar incluido en el precio.

- No te pueden obligar a generar la factura en un página web. Deben expedir tu factura en el lugar de la operación al momento de la compra.

- No te pueden negar la factura si no la solicitas en el momento de tu compra. Te la pueden emitir en cualquier momento del año.

- En tu factura no pueden registrar una forma de pago distinta a la recibida. Tampoco pueden emitirla sin que hayas realizado tu pago o no hayas definido la forma en que lo harás.

- No es obligatorio que expliques para qué necesitas la factura. Si no proporcionas este dato, tu factura debe tener la clave “P01 por definir”.

- Es obligatorio emitir la factura por un producto o servicio. Cualquiera que sea la forma de pago.

- Si das un anticipo, es obligatorio que te expidan factura por él y una factura más por cada pago subsecuente.

- Todos establecimientos están obligados a emitir facturas, si se niegan a dártela denúncielos

en sat.gob.mx.

 
 
 

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